Liquidación de sueldos de empleados de comercio: te contamos las particularidades que, de forma obligatoria, tienen que tener los recibos de sueldo bajo este convenio colectivo de trabajo.
Liquidación de sueldos de Empleados de Comercio: ¿qué hay que tener en cuenta?
Los empleados de comercio en Argentina están agrupados bajo la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS). Se trata del sindicato con mayor número de afiliados del país.
Incluye a todos los trabajadores que se encuentran bajo relación de dependencia en empresas cuya actividad se vincula a la explotación comercial de productos o servicios
Al igual que otros sindicatos, la liquidación de sueldos de empleados de comercio debe respetar los lineamientos establecidos por la Ley de Contrato de Trabajo de Argentina (N° 20.744) y, además, incluir los conceptos propios de ese convenio.
En el caso de FAECYS, estas condiciones están expresadas en la Convención Colectiva de Trabajo Nº 130/75.
Conceptos obligatorios al liquidar sueldos de Empleados de Comercio
A continuación te enumeramos los conceptos propios del convenio de Comercio que deberán detallarse, de forma obligatoria, en los recibos de sueldo:
- Antigüedad: por cada año trabajado, se deberá adicionar el 1% sobre el sueldo básico correspondiente a cada categoría.
- Presentismo: se pagará un adicional del 8,33 % sobre la sumatoria del sueldo básico y la antigüedad, siempre y cuando el trabajador tenga como máximo una (1) inasistencia injustificada.
- SEC: se realizará un aporte del 2% al Sindicato de Comercio sobre el total remunerativo y el acuerdo no remunerativo.
- FAECYS: se aportará el 0,50% al Sindicato de Comercio sobre el total remunerativo y el acuerdo no remunerativo.
- Aporte adicional OSECAC: se aportará un monto fijo de $100. Únicamente se aplica para los afiliados a OSECAC.
Es importante recordar que también será necesario incluir los lineamientos básicos para toda liquidación de sueldos establecidos por la Ley de Contrato de Trabajo. Los mismos son los que se aplican a los empleados que no se encuadran en ningún sindicato. Podés consultarlos acá: Cómo liquidar sueldos de empleados fuera de convenio.
Escalas salariales y acuerdos no remunerativos de Comercio
Además de los conceptos arriba mencionados, a la hora de liquidar los haberes se deberán respetar los sueldos básicos de comercio y los acuerdos salariales no remunerativos llevados a cabo por el sindicato.
En comercio, las escalas salariales básicas pueden consultarse en la web de FAECYS. Las mismas se dividen en cinco categorías: maestranza, administrativo, auxiliar, auxiliar especializado y ventas.
También es obligatorio incluir los acuerdos no remunerativos. Son los aumentos salariales que surgen de las negociaciones entre FAECYS y las cámaras empresarias. Los mismos deben estar, siempre, homologados por el Ministerio de Trabajo. El concepto “no remunerativo” se refiere a incrementos salariales que no tienen impacto en los elementos básicos de la liquidación del sueldo (como, por ejemplo, en el aguinaldo) hasta tanto no se incorporen al salario básico.
A modo de ejemplo, el último acuerdo de abril de 2022 establece los siguientes tramos de aumentos salariales:
- 6% Abril 2022
- 6% Mayo 2022
- 6% Junio 2022
- 10% Agosto 2022
- 10% Septiembre 2022
- 11% Noviembre 2022
- 10,5 % Enero 2023
Estos incrementos se aplicarán sobre el sueldo básico, no acumulativo. Sólo se tendrán en cuenta como base de cálculo para los descuentos de sindicato y obra social (siempre y cuando se aporten a OSECAC).
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