El Libro de Sueldos Digital (LSD) es una herramienta implementada por la AFIP que busca simplificar la gestión del libro de sueldos para los empleadores, permitiendo la presentación de las declaraciones juradas de una manera más rápida y eficiente. A continuación, te aclaramos las dudas más frecuentes sobre el manejo del Libro de Sueldos Digital.
Tabla de Contenidos
¿Es necesario actualizar la "Simplificación Registral Empleadores" continuamente?
Sí, es indispensable actualizar continuamente los datos de los empleados para que la AFIP pueda armar el Libro de Sueldos. Además, la AFIP ha emitido una serie de resoluciones, como la 54/2006, que establece que el empleador debe denunciar las novedades informadas por el trabajador dentro del mes calendario en el que reciba la documentación respaldatoria. Por cada modificación se deberá entregar al trabajador un acuse de recibo firmado por el empleador, quien se quedará con una copia del documento firmada por el empleado.
¿Qué sucede con los libros digitales de CABA?
Por otro lado, si la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) notifica la incorporación de un empleador al sistema del Libro de Sueldos Digital, la generación del libro a través de la plataforma de la AFIP es independiente de la rúbrica digital vigente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). El empleador deberá presentar el Libro de Sueldos junto con la constancia de inscripción de la AFIP, el Formulario 931, el informe especial precalificatorio y la disposición de centralización, de corresponder, para solicitar su rúbrica.
¿Es necesaria la firma digital para la presentación del Libro de Sueldos Digital?
En cuanto a la firma digital, la AFIP no exige su empleo para utilizar el servicio de Libro de Sueldos Digital, aunque cada jurisdicción provincial mantiene la facultad de exigirla para su propio proceso de rúbrica.
¿Es posible rectificar el F931 por un error en el Libro de Sueldos Digital?
Según el inciso c) del artículo 4 de la Resolución General (AFIP) 3781, la corrección dependerá del período al que se refiere la rectificación:
- Para períodos desde la incorporación a la obligación de emitir hojas móviles mediante el sistema aprobado por la resolución, la corrección se hará a través del sistema “Declaración en línea”.
- Para períodos anteriores a la incorporación, se utilizará el mismo método que el empleador usó para presentar la declaración jurada original, ya sea mediante el “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social” o “Declaración en línea”, según corresponda.
Visitá nuestra nota anterior donde te guiamos paso a paso como hacer y presentar tus Libros de Sueldos Digital
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