En este artículo desglosaremos en detalle el CCT 427/05, correspondiente a los Trabajadores de Lavaderos Automáticos y Manuales, para que cuentes con toda la información necesaria para una correcta liquidación. Con los valores y porcentajes actualizados.
Tabla de Contenidos
Aplicación del Convenio
Este convenio rige para todo el personal que se desempeñe en lavaderos automáticos y manuales, incluyendo lubricentros y anexos dentro del establecimiento, en todo el territorio de la República Argentina, con excepción de las provincias de Córdoba y Santa Fe.
Jornada Laboral
La jornada de trabajo establecida en este convenio es de 48 horas semanales. El CCT también contempla la posibilidad de trabajo por turnos o en equipo, cuya reglamentación específica, incluyendo los descansos, puede ser acordada por el comité paritario. Las horas que excedan la jornada legal serán consideradas extraordinarias y se abonarán con un recargo del 50% en horario diurno y del 100% en horario nocturno (de 21:00 a 06:00 hs).
Ramas
El convenio comprende al personal de:
- Lavaderos automáticos y manuales.
- Lubricentros.
- Anexos (como minimercados o bares dentro del establecimiento).
Día del Gremio
El Día de los Empleados de la Actividad se celebra el 27 de Agosto de cada año. Si el trabajador presta servicios en esta fecha, la jornada deberá ser abonada con un recargo del 100%.
Categoría de Convenio
A continuación, se presentan las categorías laborales contempladas en el CCT 427/05:

Remuneraciones y Adicionales del CCT 765/2019
A continuación, se detallan los conceptos remunerativos y adicionales, con sus respectivos métodos de cálculo actualizados.
- Sueldo Básico: Se establece según la categoría del trabajador y los acuerdos salariales vigentes.
- Adicional por Antigüedad: Se calcula sobre el salario básico de la categoría, con un tope del 30%, de la siguiente manera:
- De 1 a 3 años: 1% por año.
- De 3 a 7 años: 1.5% por año.
- De 7 a 10 años: 2% por año.
- Más de 10 años: 2.5% por año.
- Manejo de Fondos: El personal que maneja fondos del empleador percibirá un adicional del 8% calculado sobre el salario básico de su categoría, en concepto de riesgo de caja.
- Premio a la Asistencia: Se otorga una bonificación del 8% sobre el salario básico de la categoría. Este premio no se abonará si el trabajador incurre en una falta injustificada o en tres llegadas tardes en el mes (con una tolerancia de 30 minutos mensuales).
Otros Conceptos a Tener en Cuenta (Reintegros)
- Horas Nocturnas: La jornada nocturna, de 21:00 a 06:00 hs, se abona con una hora extra al 100% si el turno es de ocho horas, ya que la jornada nocturna legal es de 7 horas.
- Uniformes: El empleador debe proveer tres uniformes anuales sin cargo, adecuados para verano e invierno.
Aportes y Contribuciones
Además de los aportes y contribuciones del régimen general, el CCT 500/07 y su último acuerdo establecen obligaciones específicas.
Vacaciones y Licencias
Licencia Anual (Vacaciones) | Según Ley 20.744 |
– Hasta 5 años de antigüedad | 14 días corridos |
– Más de 5 y hasta 10 años | 21 días corridos |
– Más de 10 y hasta 20 años | 28 días corridos |
– Más de 20 años | 35 días corridos |
Licencias Especiales | |
– Matrimonio | 10 días corridos |
– Nacimiento de hijo | 2 días corridos |
– Fallecimiento de cónyuge o hijos | 5 días corridos |
– Fallecimiento de padres | 3 días corridos (5 si es a más de 100 km) |
– Fallecimiento de hermanos | 2 días corridos |
– Fallecimiento de abuelos, tíos, nietos, hermanos políticos | 1 día |
– Por casamiento de hijo | 1 día |
– Mudanza | 1 día |
– Para rendir examen (secundario o universitario) | 2 días corridos por examen (máx. 10 por año) |
– Donar sangre | 1 día |
– Trámite prenupcial | Hasta 2 días |
Aportes y Contribuciones

Caso Práctico: Liquidación Julio 2025 - CCT 500/07
A continuación, presentamos un ejemplo de liquidación para un “Operario Lavador” con una antigüedad de 4 años, utilizando la escala salarial vigente a Julio de 2025.
Recibo de Sueldo CCT 1/2020

Desarrollo y Explicación de la Liquidación:
- Antigüedad: Al tener 4 años de antigüedad, corresponde un 1.5% por cada año, totalizando un 6%. Se calcula sobre el básico: $730,019.77 * 6% = $43,801.19.
- Premio Asistencia: Es el 8% del básico: $730,019.77 * 8% = $58,401.58.
- Total Haberes Remunerativos: $730,019.77 + $43,801.19 + $58,401.58 = $832,222.54.
- Descuentos: Se calculan sobre el total de haberes remunerativos.
- Suma No Remunerativa: Corresponde al acuerdo salarial vigente a Julio 2025.
Conclusión
Dominar la liquidación de sueldos bajo el CCT 427/05 es más sencillo cuando se cuenta con la información precisa y actualizada. Este artículo ha sido diseñado para servir como una referencia constante en tu día a día profesional.
Sabemos que el tiempo es un recurso valioso y los errores en la liquidación pueden ser costosos. Por eso, en e-sueldos hemos desarrollado una plataforma que automatiza y simplifica todo el proceso de liquidación de haberes, manteniéndose siempre al día con las últimas modificaciones legales y de convenios.
¿Quieres optimizar tu tiempo y garantizar liquidaciones sin errores? Descubre cómo e-sueldos puede transformar tu gestión de nóminas. ¡Visítanos y solicita una demostración gratuita!